«El nuevo modelo de fiscalización política nacional»-La Crónica

Opinión de: Javier Santiago Castillo

Fecha: 2014-11-27

La fiscalización de los recursos económicos que se aplican a la política entrará en una nueva etapa. A fin de dar concreción a las reformas constitucionales y legales en materia electoral promulgadas este mismo año, el día 19 de este mes el Instituto Nacional Electoral aprobó un nuevo reglamento de fiscalización.

El Reglamento intenta armonizar y concretar dispositivos indefinidos e incluso antinómicos de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y de la Ley General de Partidos Políticos. Pese al controversial marco legal, el citado reglamento hace aún más precisas y exigentes las normas relativas al registro y comprobación de los ingresos y egresos de partidos políticos nacionales y locales, agrupaciones políticas nacionales, organizaciones que pretendan convertirse en partidos políticos nacionales, y precandidatos y candidatos de partido e independientes tanto del ámbito federal como de las entidades federativas.

El objetivo es múltiple: desplegar un sistema nacional de fiscalización, que implica nuevas pautas de operación de los partidos en lo relativo a su actuación articulada a nivel nacional  y local; mejorar la oportunidad y pulcritud contable de ingresos y gastos mediante un sistema informático nacional en el que se registrarán en tiempo real las operaciones tanto nacionales como locales;  y propiciar una mejor fiscalización, mediante la plena aplicación de las normas de información financiera, la exigencia de revelación suficiente en los registros contables, y el impulso a la bancarización que minimice las operaciones en efectivo, poco rastreables y por tanto riesgosas.

Es de esperar que el cambio normativo genere resistencias: en las estructuras electorales, por la conocida persistencia de las rutinas y la indisposición a admitir que el cambio legal se traduce en una mayor supervisión sobre la estructura fiscalizadora; y, en el campo partidario, por dispositivos que reducen la discrecionalidad en la justificación de gastos. Es el caso de la distribución de costos entre las campañas que sean beneficiadas con propaganda, conocido en el medio como prorrateo y que suscitó una amplia y encendida polémica a propósito de la elección presidencial anterior.

Anteriormente, los partidos podían determinar los porcentajes de distribución al entregar el informe de gastos; hoy, deberán ajustarse a porcentajes precisos e inamovibles de distribución.

El tema es aún más relevante si consideramos que los artículos 229.4 y 375 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, señalan que el rebase de topes de gastos de precampaña o de campaña constituye una causal para negar el registro del candidato o bien para declarar la nulidad de la elección, en términos de lo dispuesto en el artículo 41, fracción VI, inciso a) Constitucional y 78 bis de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

En suma, el nuevo modelo de fiscalización política será aplicado por una sola autoridad nacional, tanto para los procesos electorales federales y los de las entidades federativas, lo que para 2015 implicará la revisión de algo más de 16 mil informes de campaña. Lo anterior se hará con un nuevo diseño institucional que otorga a una comisión de consejeros la supervisión de los quehaceres de la instancia técnica fiscalizadora. Asimismo, se contará con mecanismos informáticos de registro que harán más eficaces y oportunas las revisiones y producirán resultados en el brevísimo plazo de quince días en el caso de precampañas y de diez en el de campañas.

Por supuesto, las normas reglamentarias no eliminan por ensalmo el problema de recursos  no declarados. La autoridad electoral no se transforma en un big brother con capacidad para conocer por anticipado los desapegos a la ley y evitarlos. Antes bien, el Reglamento refuerza los mecanismos de verificación y monitoreo de anuncios espectaculares; propaganda en vía pública, en medios impresos e internet; y  eventos proselitistas. Junto con ello, hay una apelación a la participación de la ciudadanía en la vigilancia del gasto, particularmente en campañas, pues los avisos de contratación a que están obligados los partidos y los resultados del monitoreo serán públicos. De manera que cualquier ciudadano podrá denunciar propaganda no reportada. Con ello, se avanza hacia la máxima publicidad y se favorece el control social sobre el gasto de campañas.

Al mismo tiempo, el reglamento  perfecciona los mecanismos de coordinación con otras autoridades, particularmente con la Unidad de Inteligencia Financiera, para el monitoreo de los recursos empleados por las personas políticamente expuestas, en especial los candidatos a cargos de elección popular. No es una panacea, pero contribuye en buena medida al fortalecimiento de la institucionalidad y, con ello, a enfrentar eventuales fenómenos delincuenciales en la actividad política y electoral. De este modo, el nuevo modelo intenta contribuir a evitar la injerencia indebida de intereses particulares o de grupo e incluso ilícitos en los procesos de renovación de gobernantes y representantes populares.  Es un buen paso en la dirección de evitar un vínculo perverso entre dinero y política. Enhorabuena.

*Consejero Electoral del INE @jsc_santiago

Fuente: http://www.cronica.com.mx/notas/2014/870358.html

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